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Descripción de los servicios

Datáfono Treinta

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Treinta Tecnología S.A.S., (en adelante “Treinta”), es un proveedor de diversas soluciones para la gestión de negocios a través de un aplicativo móvil y plataforma web. Entre los productos que ofrece Treinta, se incluye un Datáfono y un sistema operativo para el procesamiento de pagos y el traspaso de los recursos económicos entre el usuario (en adelante “Usuario”) y sus clientes (en adelante “Clientes del Usuario” o “Clientes”), atendiendo a las respectivas órdenes de pago a favor del Usuario.

A continuación se exponen los términos y condiciones generales (en adelante “Términos y Condiciones”) que regulan la relación entre Treinta y el Usuario (conjuntamente las “Partes”) y bajo los cuales las Partes celebran un mandato de aceptación, cobro, recaudo y dispersión de pagos. Así las cosas, aceptados los presentes Términos y Condiciones, se entenderá como celebrado un contrato de mandato entre Treinta y el Usuario (en adelante “Contrato” o “Acuerdo”) mediante el cual el primero le ofrece al segundo los productos y los servicios incluidos en el presente documento. Para el uso de tales productos y servicios, se requiere que el Usuario haga uso de los medios tecnológicos y operativos descritos más adelante, cumpliendo con las condiciones establecidas por los Adquirentes seleccionado por Treinta, las Franquicias de Tarjetas, según se define más adelante, y demás actores involucrados en la operación del procesamiento y dispersión de pagos, condiciones que se encuentran incluidas a lo largo del presente Acuerdo.

1. Definiciones
Treinta: Treinta Tecnología S.A.S., sociedad comercial debidamente constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, identificada con NIT 901.409.657–4, domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., Colombia, la cual ha celebrado previamente, en calidad de agregador, un contrato de adquirencia con una entidad financiera autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para llevar a cabo las operaciones descritas en el presente documento. Treinta en su condición de agregador mantiene la certificación PCI DSS la cual exige hacerse responsable por la seguridad de los datos del Usuario en términos de su almacenamiento, procesamiento y transmisión cuando sean utilizados en la presente dinámica, asegurando la confidencialidad de esta información. 

Datáfono: Dispositivo físico móvil, el cual será vendido al Usuario, a través del que se podrán procesar y aceptar Pagos mediante tarjeta de crédito o débito (en adelante “Tarjetas Bancarias”) en los puntos de venta del Usuario.

Usuario: Persona natural o jurídica que compra el producto y los servicios ofrecidos por Treinta para el procesamiento de operaciones de pagos con Tarjetas Bancarias por medio de Datáfonos conectados a los Sistemas de Pago de Bajo Valor. Así las cosas, el Usuario es quién inicia la solicitud de autorización de un pago a través de Treinta y recibe su aceptación o rechazo. El Usuario debe ser una persona con plena capacidad para celebrar contratos y, en caso de ser una persona jurídica, debe ser una entidad debidamente constituida de acuerdo con las leyes de la República de Colombia que tenga capacidad legal suficiente para desarrollar el objeto del presente documento, atendiendo a los lineamientos incluidos en su objeto social.

Cliente del Usuario: Persona natural o jurídica la cual, por virtud de su relación comercial con el Usuario, realiza Pagos mediante Tarjetas Bancarias haciendo uso del Datáfono vendido por Treinta. 

Cuenta Treinta: Se entenderá como una billetera digital la cual consiste en un programa de software que almacena de forma segura la información transaccional y las contraseñas de los Usuarios.

Franquicias de Tarjetas: Término que se refiere a las marcas VISA, MasterCard y/o cualquier otra marca registrada por los sistemas de marcas como redes globales de tecnología, encargadas de permitir a sus titulares realizar operaciones monetarias a través de Tarjetas Bancarias.

Pago: Proceso por virtud del cual un Cliente del Usuario, como titular de una Tarjeta Bancaria, afecta sus recursos o un cupo autorizado mediante crédito por el valor correspondiente a la deuda adquirida o al pago realizado. Dicha afectación se realiza a través de recursos de hardware, software y/o comunicaciones del Sistema de Pagos de Bajo Valor. Para los efectos de los pagos de servicios dentro del Sistema de Pago, se entiende perfeccionado el Pago desde el momento en que los recursos son afectados. 

Adquirentes: Se refiere a MOVII S.A. sociedad constituida debidamente bajo las leyes de la República de Colombia, e identificada con NIT. 901.077.952-6, y BBVA Colombia S.A. sociedad constituida debidamente bajo las leyes de la República de Colombia, e identificada con NIT 860.003.020-1. Las cuales están autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para proveer servicios de adquirencia a Treinta, y, por tanto, se encuentra sujeta a las obligaciones inherentes a la figura de Adquirentes, incluidas en el Decreto 1692 de 2020 y demás normatividad aplicable. MOVII y BBVA, en su calidad de Adquirentes, son clientes de la Franquicias de Tarjetas y operan bajo un acuerdo de licencia aprobado por éstas, lo que les permite contratar para la provisión de la aceptación de pagos. Así las cosas, la función principal de los Adquirentes con respecto a Treinta y los Usuarios es mantener una supervisión completa sobre aquellos a quienes patrocina. Se resalta que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 2.17.1.1.1. del Decreto 1692 de 2020, la relación contractual que sostienen los Usuarios en razón al acceso al sistema de pago de bajo valor, es directa y únicamente con los Adquirentes, quien es el responsable ante el sistema de pago, los participantes y sus usuarios, por el cumplimiento de las funciones listadas en tal normatividad.En ese sentido, (i) Treinta recibe el pago a través de tarjeta débito o crédito del Cliente del Usuario por medio del Datáfono; (ii) el Emisor de la tarjeta autoriza y aprueba la transacción a través de la red procesadora de pagos;  (iii) los Adquirentes confirman la autorización para que el Usuario pueda emitir la factura correspondiente a su Cliente.(iv) Abona los recursos a través del producto bancario receptor de los fondos pagados por los Clientes del Usuario.

Emisor: Entidad que expide Tarjetas Bancarias, entre otros productos financieros, y que, a través de la Cámara de Compensación, recibe las solicitudes de autorización de pago que le dirige Treinta y genera las respectivas autorizaciones, rechazos, devoluciones y/o ajustes del Pago con el objeto de que las mismas sean comunicadas a Treinta y al Usuario. 

Sistema de Pagos de Bajo Valor: Sistema que se utiliza para realizar transacciones financieras mediante la transferencia de un valor monetario. 

Transacción: Operación realizada en ambiente presente, efectuada a favor del Usuario, la cual se perfecciona mediante el uso de Tarjetas Bancarias como medio de pago.  

Transacción Fraudulenta: Transacción (i) no realizada o no autorizada y desconocida por el Usuario del Cliente, frente a la cual el Usuario no puede comprobar la identificación del titular de la Tarjeta Bancaria, o (ii) producto del uso indebido, falsificación y/o adulteración de la Tarjeta Bancaria.

Ventas presenciales o en ambientes presentes: Venta de bienes o servicios realizadas por el Usuario, en las cuales el titular de la Tarjeta Bancaria está presente y entrega dicho bien o servicios para perfeccionar el Pago de lo adquirido.

Contracargo: Corresponde al débito producto del desconocimiento por parte del Cliente del Usuario de un Pago realizado con su Tarjeta Bancaria. El desconocimiento de la Transacción ante el Emisor puede ser consecuencia de su naturaleza fraudulenta y la insatisfacción con el producto recibido, entre otros. Es responsabilidad exclusiva del Usuario reembolsar el dinero de la Transacción controvertida siempre y cuando exista un resultado favorable al Cliente del Usuario. Treinta es ajeno a este procedimiento, pues éste se realiza entre el Emisor y los Adquirentes. Lo anterior sin perjuicio de que Treinta pueda hacer una mediación entre el Usuario y los Adquirentes, según sea el caso. El Pago puede ser además controvertido o anulado por expresa voluntad de la Franquicia de Tarjetas o cualquier otra institución financiera con capacidad para el efecto.

Reversión: De conformidad con el artículo 51 de la Ley 1481 de 2011 y el Decreto 587 de 2016, la reversión es el proceso de devolución de los recursos entregados por un Cliente del Usuario a un Usuario por la compra realizada a través del Datáfono con Tarjetas Bancarias en operaciones de comercio (i) cuando haya presencia de fraude; (ii) cuando la compra no sea autorizada; (iii) cuando el artículo no sea entregado o, entregado, no corresponda al comprado por el Cliente; y (iv) cuando el artículo sea defectuoso o la calidad del mismo no corresponda con la descrita por el Usuario. Las reversiones no son aplicables a Transacciones realizadas con aerolíneas, impuestos, comparendos y/o pagos del Sistema de Seguridad Social.

MCC: Es una abreviatura que se refiere a las reglas del Merchant Category Code o Código de Grupo de Vendedores. El mencionado código consiste en cuatro dígitos destinados a categorizar un Usuario en una industria específica. Los códigos MCC que trata este Contrato, son aquellos únicamente aquellos establecidos y autorizados por las Franquicias de Tarjetas.

APN: Es una abreviatura que se refiere al Access Point Name o Nombre del Punto de Acceso. El APN se refiere a la ruta que debe seguir la SIM Card, en este caso de Claro, para que el Datáfono Treinta se conecte a internet. El APN privado de Treinta, el cual es ofrecido exclusivamente con ocasión del servicio regulado en el presente Contrato, es APN treinta.claro.com.co.
2. Partes
Por un lado, en calidad de mandatario, Treinta y, por otro, en calidad de mandante, el Usuario que adquiere el Datáfono y el acceso al sistema operativo correspondiente para el procesamiento de Pagos ofrecidos por Treinta.
3. Objeto
El presente Contrato de Afiliación tiene como objeto regular los Términos y Condiciones bajo los cuales Treinta ofrece el servicio de facilitador de Pagos. Tal servicio se concreta mediante (i) la venta de un Datáfono al Usuario y (ii) el acceso por parte del Usuario al sistema operativo que procesa dichos Pagos y traspasa los recursos económicos del Cliente al producto financiero del Usuario. Así mismo, tiene por objeto clarificar las particularidades del mandato encomendado a Treinta, quien recauda y procesa los Pagos en representación y por cuenta del Usuario y, posteriormente, transfiere el dinero de los Pagos al producto financiero del Usuario.

El Usuario no requiere ningún convenio financiero para el uso de los productos y servicios ofrecidos mediante el presente Contrato, excepto un producto bancario receptor de los fondos pagados por sus Clientes. Sin embargo, el Usuario, si así lo dispone e instruye Treinta, podrá también abrir el producto bancario puesto a disposición a través de la Cuenta Treinta con un aliado designado por Treinta. Para hacer uso de los servicios ofrecidos por Treinta, el Usuario debe abrir y mantener y/o vincular una cuenta en la aplicación de Treinta, la cual se encuentra ligada a una cuenta de ahorros o depósito electrónico de una entidad financiera autorizada para tal fin. El Usuario autoriza expresamente a Treinta para recibir, transferir, retener y/o, de cualquier forma, disponer de los recursos ligados a su Cuenta Treinta, con el propósito de liquidar el importe de los Pagos realizados a favor del Usuario.

Treinta administrará las sumas recaudadas en favor del Usuario a título de mandato y, por tanto, no está autorizado ni tiene por objeto captar recursos del público. Dichos recursos no constituyen depósitos ni se reconoce remuneración por las sumas recaudadas por cuenta del Usuario. Los recursos recaudados en virtud del mencionado mandato no se encuentran garantizados por ninguna entidad gubernamental. Sin embargo, se precisa que la comisión a la que tiene derecho Treinta es pagada por los Usuarios, y esta se origina por el procesamiento que hace Treinta de los pagos realizados mediante la utilización de tarjetas de crédito y débito. El Usuario reconoce que Treinta no hace parte de los contratos comerciales que celebra con sus Clientes, ni tiene injerencia alguna en la fabricación, importación, explotación, distribución o comercialización de los bienes y/o servicios que ofrece.

Treinta no tiene injerencia ni obligación alguna frente al cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria y/o cambiaria del Usuario. Éste reconoce ser el único responsable de conocer y cumplir con la legislación que le sea aplicable. Treinta no garantiza la autenticidad o legalidad de las Transacciones que se procesan a través de las Tarjetas Bancarias de los Clientes del Usuario. Treinta se reserva la posibilidad de suspender el uso de los servicios enunciados en el presente documento por causas derivadas de mantenimiento y/o actualizaciones de la aplicación móvil que no permitan su correcto funcionamiento. Así mismo, Treinta no se hace responsable por las fallas que se puedan presentar en los procesadores, autorizadores, entidades bancarias y/o demás entidades que participen en el procesamiento de Pagos.
4. Afiliación
Cualquier Usuario, ya sea una personas natural o jurídica, podrá afiliarse a Treinta siempre que tengan plena capacidad para celebrar contratos por sí misma y, en el evento en que sea una persona jurídica, esté legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República de Colombia y el objeto del presente documento se encuentre en los límites dispuestos en su objeto social. 

Para completar el proceso de afiliación, el Usuario deberá diligenciar el formulario de registro, adjuntar la documentación requerida, aceptar los Términos y Condiciones que se encuentran en el presente documento y en general cumplir con los requisitos establecidos por Treinta.

Treinta podrá requerir información o documentación adicional para la validación de la Cuenta Treinta y, en caso de que no sea proporcionada dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al envío de la solicitud, la Cuenta Treinta podrá ser suspendida. Treinta se reserva el derecho de consultar al Usuario, su representante legal y demás relacionados con éste, en bases de datos nacionales e internacionales, con el fin de procurar el cabal cumplimiento de las Políticas sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y las Políticas de Protección de Datos Personales, entre otras.

Treinta se reserva el derecho de, a su entera discreción y en cualquier momento, cancelar, rechazar o suspender de manera temporal o definitiva la afiliación del Usuario y/o su Cuenta Treinta, especialmente cuando detecte inconsistencias en la información recibida y recaudada y/o se evidencien transacciones o acciones sospechosas que contraríen las políticas de seguridad de Treinta y de sus Bancos Adquirentes. La suspensión o bloqueo definitivo no darán lugar a reembolso del valor cancelado por el Datáfono.

Si bien Treinta se reserva el derecho a abstenerse de habilitar discrecionalmente la Cuenta Treinta del Usuario por cualquier motivo, esté procurará habilitar tal Cuenta posterior al suministro de la totalidad de la información requerida. 

Los servicios ofrecidos por Treinta deben ser utilizados a nombre propio o, en caso de ser una persona jurídica, en representación del Usuario. Lo anterior implica una prohibición expresa de ceder o conceder autorizaciones de uso a terceros, salvo que medie autorización previa y expresa de Treinta. 

Treinta no se hace responsable por la puntualidad del abono en cuenta, ni por omisiones, errores o retrasos en la preparación o envío de la información proporcionada por el Usuario o sus empleados o los Sistemas de Pago. Tampoco asume responsabilidad si el abono en cuenta no se puede realizar, se retrasa o se ve interferido por fallos en los sistemas de comunicación, Datáfonos, conexión de red, o por fuerza mayor o caso fortuito como cierres o bloqueos de oficinas, paros, acciones de autoridad o problemas en la red. 
5. Duración
El presente Contrato tendrá una duración indefinida y cualquiera de las Partes podrá terminar unilateralmente, sin motivación alguna, mediante aviso escrito con una anticipación mínima de diez (10) días calendario. La terminación unilateral por cualquiera de las Partes no causará indemnización o penalidad alguna. Se entenderá como terminado el contrato de manera unilateral por parte del Usuario cuando no acepta las modificaciones a los términos y condiciones y/o a las modificaciones en las tarifas. La terminación unilateral por parte del Usuario no le da derecho a devolución por el valor pagado por el Datáfono.
6. Política de tarifas y Pagos
A. Tarifas

La venta del Datáfono al Usuario tendrá un costo estándar de COP 50.000, sin perjuicio de que Treinta pueda ofrecer descuentos diferenciados al Usuario en cualquiera de sus plataformas oficiales, los cuales serán comunicados caso a caso. Por lo demás, por cada Transacción que se realice a través del sistema operativo habilitado por Treinta, se generará un cobro automático al Comercio de 2.99% (más las retenciones aplicables por Ley) para los usuarios vinculados antes del 3 de febrero de 2025 y 3.19% para los usuarios que adquieran el datáfono posterior a esta fecha, sobre valor de tal Pago, sin perjuicio de que Treinta pueda realizar cobros diferenciados al Usuario, los cuales serán de igual manera comunicados caso a caso. Las tarifas cobradas serán aquellas vigentes al momento de la aceptación de los Términos y Condiciones.

Las mencionadas tarifas podrán incrementarse anualmente conforme al ajuste del IPC correspondiente sin necesidad de notificación alguna al Usuario. Por lo demás, Treinta se reserva el derecho unilateral a aumentar sus tarifas en los siguientes eventos: (i) cuando concurran circunstancias macroeconómicas que así lo justifiquen; (ii) cuando existan cambios normativos que lo soporten; (iii) cuando el modelo de negocio de Treinta sufra cambios considerables; y (iv) cuando haya un incremento en los costos y condiciones impuestas por proveedores o terceros de los cuales dependa el funcionamiento del sistema operativo habilitado por Treinta, entre otros. En el evento en el que se configure un incremento, Treinta notificará al Usuario con una antelación mínima de quince (15) días calendario antes de que se causé el ajuste. El Usuario podrá terminar el presente Contrato por la modificación de tarifas con la antelación señalada en la sección 5 del presente documento. Por lo demás, las nuevas condiciones comunicadas se entenderán aceptadas tácitamente para la realización de las Transacciones con posterioridad al vencimiento del término de antelación de la notificación respectiva.

Las Partes acuerdan que las tarifas causadas con ocasión del presente Contrato corresponden a (i) un porcentaje de la venta del bien y/o servicio ofrecido al Cliente del Usuario y (ii) se causan exclusivamente por el uso de Tarjetas Bancarias por parte de los Clientes del Usuario.

B. Pagos

Los Pagos realizados por el Cliente del Usuario será comunicado a las Partes de dicha Transacción y los dineros serán depositados al producto financiero convenido por las Partes. Lo anterior con excepción de (i) el pago de la prestación del servicio objeto del presente Contrato; (ii) la suma que el Usuario adeude a Treinta por cualquier concepto derivado del servicio; y (iii) cualquier Contracargo, devolución, compensación, ajuste, cuota, tributo, tasa y/o penalización que haya lugar.  

Considerando la naturaleza de la relación de mandato entre Treinta y el Usuario, éste último asumirá cualquier pago que se cause por concepto de impuesto, tasa, contribución o cualquier tributo producto de la Transacción. Para el efecto, y en caso de requerirlo, Treinta expedirá a favor del Usuario los certificados que haya lugar. 

En el evento en que el Usuario reciba un pago a través del servicio ofrecido por Treinta que no le corresponda, por virtud de las operaciones celebradas con sus Clientes, el primero deberá notificarlo a Treinta y se obliga expresamente a devolver el monto del pago realizado de forma indebida. En caso de no hacerlo, Treinta se reserva el derecho de retener el dinero del Usuario al que tenga acceso en la Cuenta Treinta, hasta tanto no pague la suma entregada indebidamente. Ahora bien, en caso tal de que el Usuario inserte erradamente la información asociada a la cuenta destino de la Transacción, Treinta queda indemne de cualquier responsabilidad en relación con las transferencias de dinero erróneas y el Usuario deberá responder directamente por tales hechos ante su Cliente. Los pagos y tarifas que se llegaren a adeudar por virtud del presente Contrato, no podrán ser cedidos a ningún tercero.
7. Obligaciones
A. Obligaciones de Treinta

Por virtud del presente Contrato, Treinta se obliga a hacer el envío del Datáfono solicitado por el Usuario y a prestar los servicios de procesamiento y transferencia de Pagos a los Usuarios de forma diligente y competente, garantizando al máximo la seguridad y el éxito de las Transacciones. Sin perjuicio de lo anterior, Treinta no ofrece garantía alguna sobre la disponibilidad, oportunidad, calidad, seguridad, continuidad o idoneidad de los Pagos realizados. El Usuario entiende y acepta que Treinta no es responsable frente a él o sus Clientes respecto de la continuidad de los servicios enunciados en el presente documento y/o los riesgos a los que se encuentra expuesta la infraestructura tecnológica del sistema de pagos de Treinta y sus proveedores. Sin embargo, Treinta se compromete a emplear su mejor esfuerzo para implementar las medidas preventivas y correctivas que razonablemente deban emplearse para la prestación efectiva del servicio al Usuario.

1. Las obligaciones adquiridas por Treinta con ocasión del presente Acuerdo, excluyendo aquella relacionada con el envío del Datáfono al Usuario, son de medio y no de resultado.

2. Treinta empleará esfuerzos razonables para mantener su plataforma disponible y procesar las Transacciones ágilmente. Sin embargo, se exime del retardo en el procesamiento de Transacciones en razón a horarios, procesos bancarios, o fallas en el servicio de los demás agentes que intervienen o inciden en el procesamiento de Pagos. En general, Treinta no será responsable de los eventos que excedan su control en el procesamiento de los mencionados Pagos. Por otro lado, Treinta no asume el riesgo de fraude por suplantación de identidad de los Clientes del Usuario.

La responsabilidad de Treinta se limitará a la puesta a disposición del Usuario del procesamiento de prevención de fraude realizado por Treinta. El Usuario asume de manera exclusiva y en su totalidad el fraude realizado. Treinta no garantiza la funcionalidad de las herramientas que emplee para mitigar los riesgos a los que se encuentre expuesta la tecnología utilizada para el procesamiento de Pagos.

3. Treinta transferirá el Pago del Cliente del Usuario al Usuario en el término de 24 días hábiles. Sin embargo, Treinta no se exenta de la ocurrencia ocasional de retrasos en la transferencia, a pesar de emplear sus esfuerzos razonables a fin de lograrlo.

4. Treinta proporcionará recibos electrónicos de las Transacciones de pago mediante correo electrónico y proporcionará copia digital al Cliente del Usuario mediante correo electrónico o mensaje SMS.

El Usuario consiente de manera libre y expresa que en los recibos electrónicos generados, o en cualquier otro tipo de constancia física o electrónica de la Transacción, se precisen datos suyos incluyendo pero sin limitarse a, nombre completo o razón social, tipo y número de identificación, correo electrónico, domicilio y teléfono de contacto.

5. Treinta le otorga al Usuario una licencia no exclusiva y no transmisible de uso del sistema operativo para el procesamiento de Pagos y el traspaso de los recursos económicos entre el Usuario y sus Clientes.

6. La responsabilidad contractual de Treinta frente al Usuario se limitará a los daños materiales directos, cuantificables, comprobables y previsibles que se atribuyan a las acciones u omisiones de Treinta. En ese sentido, se exime de responder por daños catalogados como lucro cesante, pérdida de oportunidad de negocio, pérdida de reputación, daños indirectos, incidentales, consecuenciales, morales u otros de naturaleza análoga.

7. El grado de diligencia que debe emplear Treinta en el desarrollo de las obligaciones precisadas en el Contrato es el de un comerciante en el giro ordinario de sus negocios y estará exento ante cualquier falla ocurrida por eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impida el funcionamiento normal del servicio prestado al Usuario. 

8. Treinta no tiene responsabilidad alguna por las fallas del servicio prestado por terceros, incluyendo aquellas relacionadas con la cobertura de red inalámbrica integrada en los Datáfonos. Sin embargo, empleará sus esfuerzos razonables para procurar que, siempre que sea posible, el tercero correspondiente aplique las medidas correctivas que haya lugar para garantizar una prestación del servicio efectiva.

9. Treinta no es responsable por los costos, tributos y gastos en que incurra el Usuario derivados del presente Contrato de mandato. No obstante, Treinta hará las retenciones tributarias que se le exijan de conformidad con la legislación que le sea aplicable a la actividad que desarrolla por virtud de lo aquí descrito. Así mismo, se hará responsable ante la DIAN de hacer los reportes que surjan a partir del presente Contrato de información exógena de la que trata el artículo 631 del Estatuto Tributario.

10. Treinta se compromete a brindar asesoría y soporte de los servicios prestados a través de su aplicación, siempre que ésta sea debidamente instalada en los dispositivos móviles de los Usuarios. Sin embargo, se hace la salvedad de que la aplicación podrá no estar disponible debido a fallas o a mantenimiento requerido para su correcto funcionamiento.

11. En todo caso, Treinta podrá ceder el presente Contrato previa notificación al Usuario.
8. Obligaciones del Usuario
El Usuario será responsable del correcto uso del Datáfono y del sistema operativo puesto a disposición de éste por Treinta. 

Treinta no se hace responsable ni garantiza el cumplimiento de las obligaciones contraídas entre el Usuario y sus Clientes toda vez que actúa exclusivamente como mandatario para la aceptación, procesamiento, gestión de cobro, recaudo y dispersión de los Pagos. Por lo tanto, Treinta se encuentra exento de cualquier perjuicio que pueda sufrir el Usuario o sus Clientes con ocasión de las Transacciones que lleven a cabo.

1. El Usuario deberá acatar todas las recomendaciones de seguridad al procesar Pagos en su negocio utilizando el Datáfono vendido por Treinta, los cuales se encuentran descritas en los Manuales de Seguridad. Dicho manual hace parte integral del presente documento y se encuentra disponible en https://datafonos.treinta.co/.

2. El Usuario se obliga a tomar las medidas idóneas de seguridad para el correcto almacenamiento de la información relativa a sus Clientes y las Transacciones respectivas y/o la Cuenta Treinta. Entre las medidas se incluye, sin limitarse a: (i) acatar e implementar las directrices y recomendaciones que Treinta determine; (ii) contar con los procedimientos o sistemas de prevención, control y seguridad que cubran los riesgos de fraude; (iii) designar personal de confianza y manejo para la operación del Datáfono y prevenir el acceso no autorizado de terceros a tal dispositivo; (iv) abstenerse de facilitar a terceros los dispositivos conectados a la plataforma de Treinta para la realización de ventas ajenas a las celebradas directamente por el Usuario; y (v) realizar las instalaciones y actualizaciones necesarias para la operación adecuada del Datáfono y el sistema de pagos habilitado cada vez que Treinta así lo solicite.

3. El Usuario se obliga a utilizar el Datáfono vendido por Treinta exclusivamente para el procesamiento de las operaciones relacionadas con su actividad comercial, la cual es previamente aprobada por Treinta. El Usuario se compromete a mantener control sobre el acceso y la utilización del Datáfono y a abstenerse de permitir su manipulación por personal ajeno a las Partes del presente Contrato. Éste asumirá la responsabilidad por irregularidades que puedan cometer sus empleados o asociados por la operación irregular del Datáfono.

4. El Usuario se obliga a no retirar ni manipular de ninguna manera la SIM Card insertada en el Datáfono Treinta ni hacer uso irregular de dicha SIM Card para provecho propio o ajeno por fuera del servicio estipulado en el presente Contrato. Así mismo, el Usuario consiente que cualquier valor devengado por Treinta a favor de Claro o a cualquier tercero (con ocasión de la manipulación o uso inapropiado de la SIM Card y/o por la conexión y uso de datos a un APN público) será enteramente resarcida por el Usuario sin necesidad de requerimiento judicial. Lo anterior sin perjuicio de que Treinta pueda emplear las acciones legales y judiciales para resarcir los perjuicios y daños ocasionados.

5. En general, el Usuario estará obligado a:

a. Alertar a Treinta sobre Transacciones Fraudulentas o aquellas que se salgan de los parámetros habituales que puedan potencialmente implicar un riesgo;

b. Cumplir con los deberes tributarios, cambiarios y aduaneros derivados del desarrollo de su negocio cuyos Pagos sean a través del Datáfono y el sistema de pagos habilitado por Treinta;

c. Suministrar información cierta, fidedigna, clara, suficiente y actualizada del Usuario, de los bienes y/o servicios que provee, del precio a pagar y de la entrega de los mismos, en el evento en el que Treinta así lo requiera y mientras se mantenga activa la Cuenta Treinta. La falta de actualización de la información disponible en la aplicación de Treinta la exonera de cualquier reclamación sobre la falta de notificación correspondiente. Adicionalmente autoriza a Treinta a solicitar información relacionada con su situación patrimonial, financiera, crediticia y transaccional, así como la facultad de compartir dicha información, bajo las condiciones de confidencialidad necesarias, con el objeto de optimizar el servicio prestado por Treinta. Finalmente, autoriza a Treinta a verificar su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo;

d. Aceptar las Tarjetas Bancarias que se pueden procesar a través del Datáfono y vender los bienes y/o servicios en los mismos precios y condiciones que se ofrecen bajo otro método de pago, sin perjuicio de los eventos promocionales que se hagan de conformidad con la legislación vigente aplicable;

e. Suministrar oportunamente la información requerida por Treinta en el evento en el que el Usuario requiera cambiar el producto financiero asociado a la Cuenta Treinta. Una vez obtenida la documentación solicitada, Treinta realizará la modificación correspondiente;

f. Suministrar las facturas o comprobantes de Transacciones que sean identificadas por Treinta como inusuales o irregulares. En caso de que el Usuario no remita oportunamente la información solicitada que soporte la validez y veracidad de dichas Transacciones, este acepta que Treinta podrá proceder a un bloqueo temporal o definitivo de la Cuenta Treinta.  

g. Asumir con diligencia los reclamos que presenten sus Clientes respecto de la cantidad, calidad, idoneidad, seguridad y entrega de los bienes y/o servicios vendidos. Así las cosas, Treinta estará exento de toda responsabilidad por este concepto. Cualquier reclamación que sea dirigida a Treinta será notificada al Usuario, y, en todo caso, éste dispondrá de un término de máximo dos (2) días hábiles para enviarle a su Cliente respuesta sobre el requerimiento remitido, del cual deberán enviar una copia al correo electrónico pqr@treinta.co. El incumplimiento de tal término puede conllevar a una suspensión de la Cuenta Treinta hasta tanto no se compruebe que el Usuario haya respondido tal solicitud;

h. Expedir y archivar, durante por lo menos diez y ocho (18) meses posteriores a la Transacción, copia de la factura derivada del contrato celebrado con sus Clientes y copia del documento que dé cuenta de la entrega del producto y/o prestación del servicio correspondiente. El Usuario deberá suministrar tales soportes en el plazo máximo de un (1) día hábil en caso de que así lo requiera Treinta;

i. Indemnizar a Treinta por cualquier demanda o reclamo que realicen Clientes o terceros con ocasión de (i) el uso indebido o fraudulento del Datáfono y/o el sistema de pagos habilitado por Treinta el cual sea atribuible al Usuario; (ii) el incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Contrato; y (iii) en general, cualquier otra causa que le sea atribuible y que tenga como consecuencia un daño o perjuicio para Treinta;

j. No utilizar el Datáfono ni el sistema habilitado por Treinta para facilitar, ocultar, manejar, invertir o aprovechar de cualquier forma activos provenientes de actividades ilícitas, o para dar apariencia de legalidad a actividades ilícitas y/o a activos vinculados con las mismas. Los Usuarios podrán, excepcionalmente, desarrollar actividades económicas de alto riesgo, siempre y cuando se cuente con la aprobación previa y escrita por parte de Treinta.

k. Permitir la exhibición de calcomanías y demás material publicitario que identifique su afiliación con Treinta y de las Franquicias de Tarjetas. El Usuario se abstendrá de utilizar la mencionada publicidad en establecimientos de terceros ajenos al presente Contrato.

l. Autorizar a Treinta a que sus funcionarios, ya sean propios o terceros autorizados, realicen visitas de seguridad periódicamente a sus puntos de venta y, en casos de extrema necesidad, auditorías de su negocio de manera directa o a través de terceros. 

m. Autorizar a Treinta para que registre al Usuario bajo la categoría MCC.

n. Cumplir con la normativa aplicable con ocasión de su actividad comercial.

o. Asumir los costos y gastos en que incurra con ocasión de la ejecución del presente Contrato de mandato.

p. Leer el Manual de Seguridad de transacciones de venta presente proporcionado por Treinta e implementar las recomendaciones ahí estipuladas para prevenir la comisión de fraude a través de los Datáfonos.

6. Con respecto a las ventas realizadas a través del Datáfono, el Usuario se obliga a:

a. Realizar una verificación visual minuciosa sobre la identidad del titular inscrito en las Tarjetas Bancarias y el Cliente que las utiliza. Se deberá identificar: (i) que la Tarjeta Bancaria no esté vencida; (ii) que el número de cuenta grabado en la Tarjeta Bancaria coincida con los últimos cuatro dígitos que aparece en el reverso de la misma; (iii) que la Tarjeta Bancaria cuente con la firma del titular y que dicha firma coincida con aquella realizada por el Cliente, en caso de que se requiera; (iv) que la Tarjeta Bancaria no tenga ningún indicio de haber sido alterada; y (v) que, cuando se deba presentar un documento de identificación, el nombre y la firma grabados en la Tarjeta Bancaria coincidan con el nombre y la firma grabados en el mencionado documento de identificación. En el evento en el que el Usuario evidencie discrepancias que puedan potencialmente implicar un riesgo de fraude, éste deberá retener el documento de identidad presentado y/o la Tarjeta Bancaria respectiva y tendrá la obligación de notificar oportunamente a Treinta.

b. El Usuario se compromete a (i) no exigir al cliente que le socialice el PIN; (ii) no aceptar tarjetas no firmadas, vencidas, canceladas o con orden de retención. Si hay orden de retención, el Usuario debe retener la tarjeta y notificar al banco emisor y a Treinta; (iii) verificar que no haya enmendaduras, adulteraciones o alteraciones en la tarjeta y que cumpla con las características de seguridad; (iv) formalizar la transacción en un pagaré o comprobante de venta con la información requerida, incluyendo los últimos 4 dígitos de la tarjeta, nombre del titular, fecha y hora de la transacción, monto, firma del titular, entre otros; (v) usar la información del medio de pago solo para la transacción específica y no almacenar la información de la tarjeta, salvo lo necesario para los requisitos del comprobante de venta; (vi) custodiar los comprobantes de transacciones manuales y electrónicas, así como otros documentos de soporte, por mínimo cinco años, y proporcionarlos cuando se soliciten; (vii) en transacciones con tarjetas con chip, el titular y la tarjeta deben estar presentes, y la tarjeta debe ser insertada en el lector. Si es rechazada, no se debe realizar la transacción mediante banda magnética ni ingresar manualmente el número de la tarjeta en el dispositivo.

c. Abstenerse de realizar adaptaciones, reparaciones o cualquier tipo de manipulación del Datáfono, directamente o a través de terceros.

d. Abstenerse de utilizar el Datáfono en lugares distintos a la ubicación señalada en el trámite de vinculación, excepto cuando se cuente con el consentimiento previo de Treinta.

e. Permitir la inspección, programación, reconfiguración, mantenimiento y revisión de los Datáfono vendidos por Treinta.

7. Treinta empleará esfuerzos razonables para mantener su plataforma disponible y procesar las Transacciones ágilmente. Sin embargo, se exime del retardo en el procesamiento en razón a horarios o procesos bancarios, o de fallas en el servicio de los demás agentes que intervienen o inciden en el procesamiento de Pagos. En general, Treinta no será responsable de los eventos que excedan su control en el procesamiento de los mencionados Pagos. Por otro lado, Treinta no asume el riesgo de fraude por suplantación de identidad de los Clientes del Usuario ni garantiza la funcionalidad de los sistemas que ponga a disposición del Usuario.

8. El Usuario reconoce la naturaleza y las consecuencias de los Contracargos, incluyendo, sin limitarse a, la responsabilidad de reembolsar el dinero de la Transacción cuando dicho Contracargo resulte favorable para su Cliente. En el evento en el que el Emisor haya debitado de la cuenta de Treinta el saldo de la Transacción, el Usuario deberá reembolsar a Treinta dicha suma de dinero en el término de cinco (5) días hábiles, sin perjuicio de los intereses de mora que se haya podido causar por la demora del pago del Usuario. Lo anterior sin excluir las medidas legales que Treinta pueda emplear para resarcir el daño y/o perjuicio causado. 

9. Treinta tiene el derecho de modificar o cambiar la relación con sus aliados tecnológicos, incluyendo los Adquirentes, sin previo aviso ni autorización por parte de los Usuarios o cualquier tercero.
9. Responsabilidad del Usuario por fraude, retención o débito de saldos
El Usuario es responsable y asume el riesgo de fraude cuando en visitas y/o investigaciones ordenadas por Treinta, los Adquirentes o las Franquicias de Tarjetas se verifique (i) su posible falta de diligencia frente a las obligaciones a su cargo relacionada con fuga de información, error en la identificación del Cliente del Usuario o de la Tarjeta Bancaria, seguridad en el almacenamiento y uso de información, perfeccionamiento de Transacciones en el comercio del Usuario; y/o (ii) su injerencia en la comisión de un presunto fraude, ya sea directamente, en el caso de que el Usuario sea una persona natural, o a través de alguno de sus directores, funcionarios o terceros autorizados, en el caso de que sea una persona jurídica.

Así las cosas, el Usuario deberá cumplir cabalmente con las obligaciones y procedimientos impuestos por Treinta, los Adquirentes y las Franquicias de Tarjetas para proteger la seguridad de los consumidores financieros. Para los Pagos a través del Datáfono, el Usuario deberá cumplir con las verificaciones manuales de los datos respectivos, atendiendo a lo precisado en la sección 8 del presente documento. En caso tal de que un cliente le haga Treinta cumple con los requerimientos de seguridad razonables para proteger al Usuario y pone a disposición de este herramientas de educación financiera para propender por evitar la comisión de fraude u otras conductas irregulares a través de las ventas presentes que se efectúen con el Datáfono. Sin perjuicio de lo anterior, Treinta no es responsable de los fraudes o conductas irregulares de terceros que puedan afectar a los Usuarios.
10. Modificaciones
Treinta podrá modificar el presente Contrato unilateralmente, notificando al Usuario con una antelación mínima de quince (15) días sobre los cambios en cuestión. El Usuario, por su parte, tendrá la carga de revisar periódicamente su correo electrónico y su Cuenta Treinta con el objetivo de validar si el presente Contrato será modificado. Vencido el término anteriormente señalado sin que se reciban objeciones por parte del Usuario, se entenderán aceptadas las citadas modificaciones.

En el evento en el que el Usuario rechace las modificaciones, se entenderá terminado unilateralmente el presente Acuerdo, en los términos establecidos en la sección 5 del presente Contrato, y se procederá a deshabilitar la Cuenta Treinta del Usuario.
11. Prohibiciones
El Usuario deberá verificar que sus Pagos y cobros cumplan con los requisitos derivados del presente Contrato, así como con los requisitos legales aplicables. Por otro lado, el Usuario no podrá utilizar el Datáfono ni el sistema operativo habilitado por Treinta para el desarrollo de actividades consideradas como ilícitas por la legislación colombiana vigente o como de alto riesgo según las Franquicias de Tarjetas, los Emisores, los Adquirentes y/o Treinta, sin autorización previa. Adicionalmente, no podrá realizar actividades que impliquen un riesgo reputacional para Treinta, so pena de que éste último pueda iniciar las acciones legales que haya lugar. 

En el caso en que Treinta considere que se ha utilizado su servicio para el desarrollo de actividades ilícitas o de alto riesgo, sin previa autorización, podrá rechazar, cancelar, suspender o reversar una solicitud de Pago, limitar el acceso del Usuario y su uso de la Cuenta Treinta y/o su cancelación definitiva sin que medie responsabilidad alguna. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales pertinentes que se puedan iniciar en contra del Usuario infractor.

El Usuario será responsable de cualquier daño y/o perjuicio que se pudiera ocasionar a los operadores de Treinta, sus agentes, filiales o subsidiarias, funcionarios, empleados, directores, partes relacionadas o cualquier otra persona que tenga acceso al sistema de Treinta.

Por otro lado, el Usuario se compromete a no incurrir en las siguientes prácticas:

A) Exigir límites mínimos de pago para la aceptación de Tarjetas Bancarias;
B) Aplicar precios superiores o comisiones adicionales por el uso de Tarjetas Bancarias;
C) Llevar a cabo Transacciones por fuera del territorio colombiano a través del sistema operativo habilitado por Treinta;
D) Discriminar entre Tarjetas Bancarias según su Franquicia, Emisor o cualquier otro motivo;
E) Presentar para su procesamiento cualquier Transacción no originada de un pago directo entre el Usuario y su Cliente o presentar cualquier Transacción Fraudulenta o no autorizada por su Cliente;
F) Presentar para su procesamiento Transacciones que representen la refinanciación de una obligación existente del Cliente con el Usuario o con terceros;
G) Realizar Transacciones que requieran que el Cliente del Usuario renuncie a su derecho a controvertir el Pago como fraudulento;
H) Negociar el canje de los fondos de las Tarjetas Bancarias por dinero en efectivo, títulos de crédito, títulos valores o similares;
I) Usar o almacenar la información del Cliente del Usuario para fines distintos al de perfeccionar el Pago por los bienes y/o servicios ofrecidos;
J) Intercambiar, suministrar o divulgar a cualquier título o por cualquier medio, datos relacionados con la Transacción, las Tarjetas Bancarias y el Datáfono, salvo por requerimiento expreso de Treinta, las Franquicias de Tarjetas, los Adquirentes o alguna autoridad judicial o administrativa.
K) Alquilar o suministrar a terceros el Datáfono para realizar Transacciones indebidas.
L) Ceder el presente Contrato, o cualquiera de las obligaciones resultantes del mismo, parcial o totalmente, a terceros, así como sublicenciar, copiar, publicar o distribuir el servicio de pagos habilitado por Treinta.
12. Seguridad de la información
El Usuario deberá seguir los procedimientos e instrucciones de seguridad impartidas por Treinta, de conformidad con lo señalado en el Manual de Seguridad de uso del Datáfono, el cual hace parte integral del presente Contrato. Los procedimientos e instrucciones de seguridad, los cuales podrán ser modificados y actualizados por Treinta, conforme lo estime conveniente, se encuentran actualizados en treinta.co.

El Usuario es responsable de garantizar que sus datos de registro y contraseña de su Cuenta Treinta, así como otra información de acceso a los bienes y servicios ofrecidos, se conserven en un lugar seguro. Así mismo, el Usuario es responsable de que dicha información sensible no sea divulgada a terceros, de forma tal que el servicio permanezca inaccesible a personas no autorizadas.

El Usuario acepta expresamente que Treinta puede revelar información financiera de los participantes del Sistema de Pagos de Bajo Valor, de conformidad con las reglas establecidas por las Franquicias de Tarjetas y siguiendo los parámetros de tratamiento de datos personales establecidos en la Ley 1266 de 2008 y la demás legislación vigente aplicable.
13. Protección al consumidor financiero
El Usuario deberá velar por el debido cumplimiento de las disposiciones legales que regulen su actividad y/o que apliquen a los diferentes tipos de venta, lo cual incluye las disposiciones que versan sobre publicidad engañosa, garantía mínima presunta, derecho de retracto, y demás provisiones dirigidas a la protección del consumidor financiero, atendiendo a la reglamentación incluida en la Ley 1328 de 2009, entre otras aplicables.
14. Servicio de PQRs
Cualquier inquietud, queja o reclamo acerca de los productos y/o servicios de los que trata este Contrato, deberá ser informado por los diferentes métodos de contacto que se encuentran habilitados y disponibles en treinta.co. Treinta no se hace responsable por las respuestas no oportunas a inquietudes, quejas o reclamos realizados por canales diferentes a aquellos dispuestos para el efecto.
15. Gestión de Contracargos
En lo que respecta a los Contracargos de los que tratan los presentes Términos y Condiciones, es relevante precisar que Treinta es ajeno al procedimiento correspondiente, pues éste se realiza entre el Emisor y los Adquirentes. Lo anterior sin perjuicio de que Treinta pueda hacer una mediación entre el Usuario y los Adquirentes, según sea el caso.

El Cliente del Usuario podrá presentar un Contracargo en los siguientes eventos, así como cualquier otro contemplado en la legislación aplicable y en las políticas y reglamentos internos de las Franquicias de Tarjetas: (i) el desconocimiento expreso de la compra; (ii) la presencia de un fraude por suplantación de identidad; y (iii) la disputa con el Usuario acerca de la calidad del producto y/o servicio adquirido.

Una vez notificados los Contracargos a Treinta por parte del Emisor, Treinta notificará al Usuario sobre el particular, sugiriendo la documentación que deberá enviar para probar la licitud de la relación con su Cliente. Tal documentación deberá ser enviada en los plazos indicados por Treinta, atendiendo a la información dada por el Emisor. En el evento en el que se incumpla el plazo precisado, Treinta y/o el Adquirentes podrá suspender la Cuenta Treinta y retener el saldo correspondiente a la Transacción controvertida hasta que se esclarezcan los motivos del Contracargo. En el evento en el que se realice cualquier débito de la cuenta de Treinta producto del Contracargo, tal suma será a su vez debitada de la Cuenta Treinta del Usuario o del saldo de futuras ventas que realice el Usuario. Adicionalmente, la suma adeudada podrá ser debitada o compensada de los demás productos que maneje el Usuario mediante la plataforma de Treinta (por ejemplo, ventas mediante el link de pagos PSE habilitado, entre otros).

El procedimiento de Contracargos es llevado por el Emisor conforme a lo establecido en las políticas particulares de cada una de las Franquicias de Tarjetas y, por tanto, tal procedimiento es ajeno a Treinta. En ese sentido, Treinta estará exenta de cualquier responsabilidad que pueda sobrevenir con ocasión del procedimiento ni de la veracidad, validez o idoneidad de la información aportada por el Usuario. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales que pueda entablar Treinta, el Emisor o cualquier tercero legitimado, en contra del Usuario por la entrega de información falsa o adulterada.

Las políticas de las Franquicias de Tarjeta que regulan el asunto, pueden ser consultadas por el Usuario y sus Clientes en el siguiente enlace: treinta.co.
16. Política sobre Reversiones
Atendiendo a la legislación vigente, particularmente la Ley 1480 de 2011, el Cliente del Usuario podrá presentar la Reversión de un Pago realizado directamente al Usuario utilizando el proceso dispuesto por Treinta, en los siguientes eventos: (i) ante la presencia de fraude; (ii) cuando la compra no sea autorizada; y (iii) cuando el artículo no se haya entregado, no corresponda al adquirido, esté defectuoso o su calidad no corresponda a la descrita por el Usuario, entre otros. Ante la ocurrencia de tales circunstancias, el Cliente del Usuario dispondrá de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha que tuvo noticia de tal ocurrencia, para solicitar la Reversión ante el Usuario o ante Treinta y para notificar al Emisor, quien procederá a reversar la Transacción al Cliente del Usuario.

Treinta notificará al Usuario respecto de la solicitud de Reversión sugiriendo la documentación que deberá enviar para probar la licitud de la relación con su Cliente. Tal documentación deberá ser enviada en los plazos indicados por Treinta, atendiendo a la información dada por el Emisor. En el evento en el que se incumpla con el plazo señalado, Treinta podrá suspender la Cuenta Treinta y retener el saldo correspondiente a la Transacción controvertida hasta que se esclarezcan los motivos de la Reversión. En el evento en el que el Emisor realice cualquier débito de la cuenta de Treinta, producto de la Reversión, tal suma será a su vez debitada de la Cuenta Treinta del Usuario.

El Usuario también podrá solicitar la Reversión del Pago por cualquier motivo que indique la cancelación de la compra la cual deberá elevarse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de tal Transacción. Treinta no será responsable de los reclamos e incumplimientos que lo anterior pueda ocasionar.

Debe aclararse, en todo caso, que la Reversión del Pago será gestionada en caso de que los recursos no hayan sido ya dispersados a la cuenta bancaria del Usuario. En el evento en que los recursos hayan sido efectivamente dispersados a la cuenta bancaria del Usuario, éste deberá atender directamente las devoluciones que procedan por virtud del ejercicio de derechos de consumo por parte de los Clientes del Usuario.
17. Retenciones y débitos
El Usuario autoriza expresamente a Treinta para que retenga o debite saldos cuando un Pago presente riesgo de fraude, se entienda como una operación sospechosa o vaya en contra de las políticas de uso establecidas. Treinta podrá retener los saldos correspondientes a la Transacción en cualquier momento de la Cuenta Treinta y/o de las ventas futuras que perciba el Usuario. Así mismo, podrá retener los mencionados saldos del Usuario si (i) el Cliente del Usuario presenta un Contracargo o una Reversión, caso en el cual podrá retener el saldo correspondiente al valor de la Transacción y/o (ii) el Usuario realice una actividad o cobro a través del servicio de Treinta y que éste sea susceptible de fraude. En caso de no poder validar la veracidad o validez de la Transacción, el Usuario entiende que Treinta deberá realizar un reembolso al tarjetahabiente del valor transaccionado.

Conforme a lo anterior, el Usuario autoriza a Treinta para que los montos acreditados de la Cuenta Treinta, así como de cualquier venta futura, estén sujetos a débitos automáticos producto de Contracargos, Reversiones y/o reembolsos, incluso después de que se haya entregado los bienes y/o servicios vendidos al Cliente del Usuario. Adicionalmente, Treinta podrá debitar de los mencionados montos de la Cuenta Treinta toda suma pagada por Treinta con motivo de sanciones, condenas o acuerdos de transacción con terceros, incluyendo como parte integral de tal suma las costas procesales y los honorarios legales en los que se incurra. En este caso, Treinta hará efectivo el débito de los recursos y le notificará al Usuario de tal hecho. En el evento en que Treinta no pueda realizar el citado débito por falta de fondos en la Cuenta Treinta del Usuario y en las ventas futuras que este perciba, el Usuario se obliga a reintegrar los dineros pagados por Treinta dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la solicitud realizada por Treinta.

En cualquier caso, la mora en el pago de los dineros que el Usuario le adeude a Treinta por los conceptos anteriormente mencionados podrá causar intereses de mora a la tasa más alta permitida por la legislación vigente para el momento de la notificación respectiva. Adicionalmente, Treinta podrá suspender el acceso a la aplicación y terminar unilateralmente el Contrato. En el evento en el que se pacten garantías con el Usuario, Treinta podrá hacerlas efectivas. Finalmente, podrá reportar al Usuario ante los operadores de información financiera y podrá iniciar las acciones legales que correspondan.
18. Tratamiento de datos personales
El Usuario autoriza a Treinta a recolectar, almacenar, usar y, en general, tratar sus datos personales conforme lo señalado en la Ley 1581 de 2012 y demás normas aplicables. La política de tratamiento de datos personales de Treinta se encuentra en https://www.treinta.co/terminos-condiciones-politicas-privacidad y se considera como parte integral del presente Acuerdo.

Las Partes darán un adecuado tratamiento a los datos personales suministrados por los Clientes del Usuario, cumpliendo cabalmente la legislación que regula la materia. El Usuario autoriza a Treinta, y manifiesta haber obtenido por su parte los permisos adecuados, para el tratamiento de datos personales de sus Clientes.

Ahora bien, si por virtud del presente Acuerdo Treinta recolecta datos personales directamente de los Clientes del Usuario, Treinta se hará responsable por el tratamiento de tal información. Si, por el otro lado, Treinta tiene acceso a tal información por conducto del Usuario, éste último será el responsable del tratamiento de dicha información. Lo anterior bajo el entendido de que Treinta actuará como encargado del tratamiento respectivo. Cuando la información provenga de un tercero, éste será el único responsable del manejo y tratamiento de la información, asumiendo que dicho tercero obtuvo un consentimiento previo, expreso e informado por parte de los Clientes para el tratamiento de sus respectivos datos.

El Usuario transmitirá a Treinta, bajo su control y responsabilidad, los datos personales que recolecte de sus Clientes, siempre y cuando medie el permiso requerido por ley para el efecto. Adicionalmente, el Usuario se compromete a informar inmediatamente a Treinta cuando conozca de una comunicación no autorizada de tal información. El Usuario será responsable de los perjuicios originados por la fuga de información y/o el mal uso de la misma y asumirá los fraudes que se produzcan como consecuencia de sus acciones u omisiones.
19. Confidencialidad
Las Partes guardarán absoluta reserva sobre la información confidencial intercambiada entre estas, la cual haya sido caracterizada de tal forma por mutuo acuerdo o bien que por la naturaleza de tal información ésta sea esencialmente confidencial. Lo anterior presupone, por ejemplo, la información que no sea de dominio público, incluyendo pero sin limitarse a, información técnica, financiera, procedimientos o métodos internos. Las Partes se abstendrán de revelar tal información a terceros no autorizados y de utilizarla para fines distintos a aquellos relacionados con la ejecución de éste Contrato. Así las cosas, el suministro entre las Partes de la información considerada como confidencial no implicará, bajo ninguna circunstancia, su transferencia a la otra Parte. Dicha información sólo podrá ser revelada por mandato legal u orden judicial, previo aviso a la parte afectada por la revelación.
20. Propiedad Intelectual
Las Partes acuerdan que el sistema de software, diseño de la plataforma y demás aspectos afines a derechos de propiedad intelectual le pertenecerán a su titular (sea Treinta, los Adquirentes o demás terceros). Así las cosas, el Usuario se compromete a no impugnar ninguno de los derechos de propiedad intelectual de titularidad de Treinta. Sin perjuicio de lo anterior, el Usuario le otorga a Treinta autorización gratuíta e irrevocable, durante la vigencia del presente Contrato, para utilizar, exhibir y/o publicar sus marcas, nombres o logos, dominios y demás designaciones de su propiedad con el propósito de, entre otros, incrementar el número de Usuarios vinculados a los servicios y bienes ofrecidos por Treinta. Esto considerando que el Usuario garantiza mediante el presente Contrato que los nombres y signos distintivos que lo identifican son de su titularidad y/o tiene la autorización correspondiente para su uso. Conforme a esto, el Usuario mantendrá indemne a Treinta por reclamos realizados por terceros respecto de la responsabilidad ligada al uso indebido de nombres, marcas y demás signos distintivos.

Treinta, por su parte, le permitirá al Usuario descargar y utilizar la plataforma ofrecida, así como el servicio de procesamiento de Pagos. Sin embargo, dicho derecho se otorga de manera revocable y sin que medie exclusividad. El Usuario se abstendrá de reproducir, modificar o comercializar, entre otros, los servicios ofrecidos por Treinta mediante el presente documento, sin consentimiento previo y escrito del último. El mencionado derecho incluye cualquier tipo de actualización y/o modificación posterior que se lleve a cabo sobre el software ofrecido.

El Usuario se compromete a exhibir en un lugar visible de su establecimiento los logotipos, las Franquicias de Tarjetas distribuidos por Treinta según las indicaciones que se den para el efecto. En todo caso, el Usuario reconoce que las Franquicias de Tarjetas son las titulares únicas de sus marcas y demás signos distintivos y, por tanto, estas podrán prohibir el uso del servicio prestado y de sus marcas discrecionalmente.
21. Indemnidad
El Usuario mantendrá indemne a Treinta, sus agentes, filiales o subsidiarias, funcionaros, empleados, directores, accionistas y partes relacionadas de cualquier pérdida, reclamación, daño, perjuicio, multa, interés y/o gasto (incluyendo honorarios legales en los que se deba incurrir) en los que incurra por las acciones u omisiones del Usuario incluyendo, pero sin limitarse a: (i) la violación de las declaraciones u obligaciones que se precisan en el presente documento; (ii) la violación de las políticas de Treinta y/o las reglas de las administradoras del Sistema de Pagos de Bajo Valor, los Adquirentes, las Franquicias de Tarjetas y/o las autoridades; (iii) la regulación vigente aplicable al Usuario; (iv) el fraude producto de la sustitución de identidad de los Clientes; (v) cualquier Contracargo y/o Reversión; y (vi) responsabilidad extracontractual en la que incurra Treinta como consecuencia de las acciones u omisiones del Usuario, entre otros.

Por su parte, Treinta mantendrá indemne al Usuario de cualquier pérdida y/o daño sufrido por reclamos de terceros producto de las acciones u omisiones de Treinta respecto de las obligaciones que se le endilgan por virtud del presente documento. La mencionada indemnidad será hasta por un tope máximo del veinte por ciento (20%) del valor total de las tarifas pagadas por el Usuario a Treinta por la prestación de tales servicios durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al acaecimiento del perjuicio y/o daño. En todo caso, el Usuario deberá notificar inmediatamente a Treinta sobre cualquier tipo de proceso judicial, relacionado con el servicio prestado por virtud del presente Contrato, de los cuales haga parte.
22. Causales de terminación
Si bien cualquiera de las Partes puede terminar unilateralmente el Contrato, en los términos previstos en la sección 5, se resalta la ocurrencia de los siguientes eventos como causales de terminación:

Para el Usuario,

Por el rechazo de las modificaciones del Contrato; Por el rechazo del incremento de las tarifas señaladas por Treinta;

Por el incumplimiento grave del Contrato atribuible directamente a las acciones u omisiones incurras por Treinta. 

Para Treinta,

Por el incumplimiento de las obligaciones en cabeza del Usuario; Por la presencia de inconsistencias y/o incumplimientos en las declaraciones del Usuario incluidas en el presente Contrato o por la ocurrencia de falsificación en el trámite de apertura de una cuenta Treinta;

Cuando se concluya que el Usuario y/o sus Clientes representan un riesgo legal, reputacional o de cualquier índole que le impida a Treinta continuar con la ejecución del presente Acuerdo;

Por el desacato del Usuario a las recomendaciones de adecuada implementación, seguridad y óptimo funcionamiento del Datáfono y del sistema habilitado por Treinta para el procesamiento de Pagos;

Por la ejecución por parte del Usuario en actividades ilícitas y/o actividades que transgredan las seguridades del sistema de Treinta;

Por el uso indebido del Datáfono;

Por la inclusión del Usuario, sus accionistas y/o directores, como sospechosos o responsables del desarrollo de actividades de lavado de activos en los listados de la OFAC, DEA, FBI, ONU o bien en los reportes de autoridades locales, extranjeras o internacionales. Por el inicio de procesos judiciales o administrativos en contra del Usuario, sus accionistas y/o directores por concepto de lavado de activos o delitos conexos, o por la violación de normas anticorrupción.

Adicionalmente, Treinta podrá suspender o terminar el Acuerdo discrecionalmente cuando el Usuario: Fraccione una misma venta o intente obtener autorizaciones consecutivas por montos menores sobre Tarjetas Bancarias que hayan sido rechazadas; Acepte de Tarjetas Bancarias robadas, extraviadas, alteradas, falsificadas, vencidas y/o adulteradas;

Discrimine o haga un recargo a los precios de venta de sus bienes y/o servicios por el uso de Tarjetas de Bancarias como medios de Pago;

Permita el uso indebido del Datáfono y/o del sistema de Pagos a un tercero;

Proporcione dinero en efectivo por concepto de operaciones que se efectúe mediante el Datáfono o cuando realice cualquier avance en efectivo;

Cambie el domicilio o cierre los establecimientos registrados sin notificar previamente a Treinta; Aporte información irregular o falsa sobre la actividad económica que desarrolla;

Exceda los índices de fraude y/o reiteradamente incurra en consumos no reconocidos por sus Clientes y/o los titulares de las Tarjetas Bancarias;

Presente fallas en sus sistemas de protección de la información;

No conteste oportunamente, atendiendo a la legislación aplicable, las quejas de sus Clientes sobre la calidad de los productos y/o servicios comercializados;

Presente fallas reiteradas en los niveles de servicio prestado a sus Clientes;

Por solicitud expresa de los Adquirentes, las Franquicias de Tarjetas, el Emisor, o autoridades nacionales, entre otros.

En todo caso, la terminación del Contrato dará lugar a la cancelación de la Cuenta Treinta, sin perjuicio de las garantías que puedan exigirse al Usuario con el fin de garantizar el cumplimiento de obligaciones en las que se pueda incurra con posterioridad a la cancelación respectiva. En efecto, tal terminación no liberará al Usuario de ninguna obligación de pago a favor de Treinta asociada a Contracargos, Reversiones, reembolsos o cualquier otro cargo devengado que no haya sido saldado por el Usuario. Treinta tendrá la potestad de retener cualquier reserva, incluso posterior a la terminación del Acuerdo.

Sin perjuicio de lo anterior, ante una terminación del Acuerdo, en caso de que exista un saldo retenido a título de fondo de reserva según lo establecido en la sección 17 del presente documento, Treinta mantendrá el saldo retenido por un periodo máximo de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la última Transacción. En el evento en el que durante tal periodo un Cliente del Usuario inicie algún tipo de reclamación, los fondos se retendrán hasta su resolución efectiva. Por lo demás, los recursos serán liberados a favor del Usuario una vez se transcurra el término anteriormente señalado. El Usuario reconoce que la retención no causará ningún tipo de rédito a su favor. 
23. Cláusula compromisoria
Las diferencias, reclamaciones o disputas que surjan entre las Partes, por el presente Contrato, se solucionarán en primera instancia entre ellas a través del arreglo directo de buena fe. Si pasados treinta (30) días calendario contados desde el momento en que se intente el acercamiento, las Partes no han podido solucionarlas bajo el mecanismo mencionado, podrán acudir a una conciliación extrajudicial de tal forma que su decisión produzca los efectos de una transacción. La conciliación se adelantará ante el centro de conciliación de la Cámara de Comercio de la ciudad de Bogotá D.C. En el evento en el que no exista ánimo conciliatorio, y la cuantía del potencial pleito sea inferior a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, las diferencias de las Partes serán sometidas a la jurisdicción ordinaria. 

En caso de que la cuantía de las diferencias entre las Partes sean superior a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, tales diferencias serán sometidas a la decisión de un Tribunal de Arbitramento que funcionará de acuerdo con las reglas establecidas en el reglamento de arbitraje adoptado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El tribunal estará integrado por un (1) árbitro, el cual deberá ser abogado con experiencia reconocida en derecho, escogido de común acuerdo entre las Partes, registrado en las listas de árbitros del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Si transcurridos quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente a aquel en que el Director del Centro de Arbitraje haya convocado y surtido una primera reunión o intento de designación del árbitro, las Partes no se hubiesen puesto de acuerdo en torno a un nombre, el árbitro será designado por el mencionado centro de arbitraje mediante sorteo público, tomando como base la lista de árbitros expertos en derecho comercial inscritos ante esa institución. El Tribunal decidirá en derecho con sujeción a las disposiciones del derecho sustantivo y procesal de la República de Colombia. Los honorarios del árbitro y del secretario, así como los demás gastos del tribunal, serán fijados de conformidad con las tarifas establecidas por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.

Se excluyen del pacto arbitral las controversias relacionadas con el presente Contrato que se tramitarían por un proceso ejecutivo en Colombia.
24. Integridad
Cualquier término o disposición del presente Contrato que sea declarado nulo o de imposible cumplimiento, no afecta la validez y el cumplimiento obligatorio de las demás disposiciones del mismo, siempre que no se trate de una disposición de la esencia del mismo.
25. Acuerdo total
Acuerdan las Partes que este documento es el único que consigna el acuerdo total convenido por ellas y, por tanto, deja sin efectos cualquier otro acuerdo o entendimiento previo, verbal o escrito, sobre los bienes y servicios ofrecidos por Treinta.
26. Notificaciones
Treinta realizará las notificaciones que haya lugar con ocasión de su relación comercial con el Usuario a la dirección de correo electrónico indicada por éste en el formulario de registro. Así mismo, el Usuario se entenderá notificado de cambios principales, sujetos a aviso previo por virtud del presente Contrato, mediante los avisos generales realizados a través de la aplicación de Treinta. 

Por lo demás, cualquier notificación que el Usuario desee realizar deberá ser dirigida al correo electrónico pqr@treinta.co. 

En el evento en el que el Usuario requiera de soporte técnico con temas relacionados con el uso, funcionamiento u otros del Datáfono, el sistema operativo habilitado por Treinta o cualquier asunto relacionado, deberá comunicarse los canales de atención disponibles en treinta.co.

Cualquier notificación realizada por las Partes se entenderá efectuada el día de su envío efectivo.